DECLARAN BARRERAS BUROCRATICAS ESTOS REQUISITOS EXIGIDOS POR MIGRACIONES PARA LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD PERUANA.

Comunica Estudio Loaiza

octubre 1, 2023

Declaran barreras burocráticas ilegales disposiciones contenidas en el Reglamento del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad; y TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones
Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
RESOLUCIÓN Nº 0254-2023/SEL-INDECOPI
ampliada mediante Resolución 0370-2023/SEL-INDECOPI
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:
Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:
Resolución 0254-2023/SEL-INDECOPI: 9 de junio de 2023
Resolución 0370-2023/SEL-INDECOPI: 14 de julio de 2023
ENTIDADES QUE IMPUSIERON LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
Ministerio del Interior
Superintendencia Nacional de Migraciones
NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
Numeral 4 del artículo 92-B y numeral 4 del artículo 93-A del Decreto Supremo 007-2017-IN, Reglamento del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones.
Literal d) del artículo 9, literales d), i) y g) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-97-IN, modificado mediante el Decreto Supremo 002-2021-IN.
Procedimientos PA35007B33, PA3500AED9, PA3500E095 y PA35005871 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2022-IN.
PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA
0340-2022/CEB-INDECOPI del 26 de agosto de 2022
BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
(i) El cobro de S/ 530,6 por derecho de trámite para el procedimiento PA35007B33 denominado “Nacionalidad peruana por naturalización” del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por ,el Decreto Supremo 006-2021-IN.
(ii) El cobro de S/ 113,3 por derecho de trámite para el procedimiento PA3500AED9 denominado “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio” del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN.
(iii) El requisito denominado “Ficha de Canje Internacional (Interpol)” para la tramitación de los procedimientos de “Cambio de calidad migratoria rentista residente” y “Cambio de calidad migratoria permanente residente”, materializada en el numeral 4 del artículo 92-B y el numeral 4 del artículo 93-A del Reglamento del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, aprobado por Decreto Supremo 007-2017-IN, respectivamente, así como en los Procedimientos PA3500E095 y PA35005871 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN.
(iv) El requisito denominado “Declaración jurada de estado de salud” para la tramitación de los procedimientos de “Obtención de la nacionalidad peruana por naturalización” y “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”, materializada en el literal d) del artículo 9 y el literal g) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-97-IN, respectivamente, así como en los Procedimientos PA35007B33 y PA3500AED9 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN.
(v) El requisito denominado “Partida de nacimiento del cónyuge peruano” para la tramitación del procedimiento de “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”, materializada en el literal d) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-97-IN, así como en el Procedimientos PA3500AED9 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN.
(vi) El requisito denominado “DNI del cónyuge peruano” para la tramitación del procedimiento de “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”, materializada en el literal i) del artículo 21 del Reglamento de la Ley 26574, Ley de Nacionalidad, aprobado por el Decreto Supremo 004-97-IN, así como en el Procedimientos PA3500AED9 del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo 006-2021-IN.

DESCARGUE LA RESOLUCIÓN COMPLETA AQUÍ

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Share This