
ley nº 31919
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
El Peruano / Miércoles 8 de noviembre de 2023 NORMAS LEGALES 5
LEY QUE MODIFICALA LEY 30021, LEY DE PROMOCIÓN DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE PARA NIÑOS, NIÑAS y ADOLESCENTES, RESPECTO DEL USO De ADHESIVOS DE DIFÍCIL REMOCIÓN
Artículo Único. Modificación del artículo 10 de la Ley 30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes
Se modifica el artículo 10 de la Ley 30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes, en los términos siguientes:
“Artículo 10. Advertencias publicitarias
En la publicidad, incluida la que se consigna en el producto, de los alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, se consigna en forma clara, legible, destacada y comprensible las siguientes frases, según sea el caso:
- “Alto en (sodio-azúcar-grasas saturadas): evitar
su consumo excesivo” - “Contiene grasas trans: evitar su consumo”
Dichas advertencias publicitarias son aplicables, según sea el caso, a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas que superen los parámetros técnicos establecidos en el reglamento. Las advertencias publicitarias se rotulan, según sea el caso, de forma indeleble en las etiquetas y no pueden estar cubiertas de forma total o parcial por ningún otro elemento.
En productos importados y productos elaborados por las micro y pequeñas empresas (MYPE), cuyas advertencias no estén impresas en las etiquetas se permite consignarlas, según sea el caso, mediante el uso de adhesivos de difícil remoción que no cubran información al consumidor, y que cumplan los estándares de calidad que establece el Instituto Nacional de Calidad (Inacal) para dichos adhesivos”.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Norma técnica peruana de adhesivos para la industria de alimentos
El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) elaborará la norma técnica peruana de adhesivos para la industria de alimentos que garantice su difícil remoción. La nueva norma técnica se emitirá en un plazo de doscientos cuarenta días útiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, bajo responsabilidad.
DESCARGUE LA LEY COMPLETA AQUÍ:
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