
Reglamento de la ley N° 31311, ley Que prioriza la esterilización de perros y gatos como componente de la política nacional de salud pública.
artículo 1.- objeto
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones necesarias para garantizar la integridad y salud de las personas, a través de la implementación de programas de esterilización y manejo poblacional humanitario de perros y gatos, como componente de la política nacional de salud pública, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 31311, Ley que prioriza la esterilización de perros y gatos como componente de la Política Nacional de Salud Pública, en adelante, la Ley.
artículo 2.- Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación del presente Reglamento comprende a las entidades públicas y privadas nacionales, regionales y locales; así como a las personas naturales y jurídicas del territorio nacional que tengan la condición de propietarios, tenedores o criadores de perros y gatos.
Artículo 3.- Definiciones
Para los efectos del presente Reglamento, se consideran las siguientes definiciones:
- acciones de intervención directa para perros y gatos: Actividades orientadas principalmente a la esterilización de perros y gatos sin propietario o tenedor, a través de estrategias que garanticen operaciones quirúrgicas adecuadas y un tratamiento post-operatorio pertinente. Requieren estrategias de captura, esterilización y retorno a la calle; así como campañas de esterilización de amplio alcance promovidas por los gobiernos locales.
- albergue temporal: Son lugares destinados a alojar, de manera temporal, a los animales esterilizados que por su condición requieren un postoperatorio controlado. Estos pueden ser públicos o privados. Los mencionados lugares también pueden servir para la observación clínica antirrábica y las adopciones que pudieran darse.
- animales de compañía: Se consideran a los perros y gatos.
- campañas de esterilización: Son actividades que realizan los gobiernos regionales y gobiernos locales, según corresponda, debidamente programadas para ejecutarse en uno o más lugares geográficos, justificando su ejecución en la estimación de población de perros y gatos.
- centro médico Veterinario: Establecimiento público o privado donde se brinda atención médico veterinaria.
- esterilización quirúrgica en machos y hembras: Procedimiento quirúrgico que consiste en la extirpación de las glándulas sexuales del animal. Genera la ausencia de celo y de capacidad reproductiva, mejorando notablemente su comportamiento. Su implementación como política pública contribuye a la reducción de la sobrepoblación, constituyéndose en la acción principal para el manejo poblacional humanitario de perros y gatos.
- esterilización irreversible en hembras: Consiste en la extirpación de las gónadas sexuales y de los órganos reproductivos mediante la ovario histerectomía. esterilización irreversible en machos: Consiste en la extirpación de las gónadas sexuales (testículos).
- Identificación electrónica del animal de compañía: Procedimiento en virtud del cual, con la anuencia del tenedor o del propietario y bajo su costo, se incorpora de manera inseparable al animal esterilizado un circuito electrónico o microchip que permita su reconocimiento o individualización, así como los datos de su tenedor o propietario responsable.
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