Modifican el artículo 317 del Código Penal, los artículos 2 y 4 de la Ley Contra el Crimen Organizado y el artículo 2 de la Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, en lo referente a la definición y criterios para determinar la existencia de una organización criminal, entre otros.
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