

Ley que autoriza de manera extraordinaria y facultativa a todos los afiliados a las AFPs, sin excepción, el retiro de los fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización, hasta por el monto de 04 UITs. Reglamento del procedimiento operativo para el retiro se emitirá dentro de 15 días calendario a partir de la publicación de la presente norma.



0 comentarios