
Según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Nº31987, el acceso al cargo directivo de las instituciones educativas excepcionalmente comprenderá a los directivos que culminaron su segundo periodo de designación el 30 de setiembre de 2022. La ampliación de esta permanencia se dará siempre y cuando superen la evaluación de desempeño.
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