La nueva ley modifica varios artículos del Decreto Legislativo 85 (Ley General de Cooperativas) para adaptar las cooperativas a las nuevas tecnologías y requisitos actuales. Establece que las cooperativas obtendrán personería jurídica al inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp sin necesidad de resolución administrativa previa. Se permite a las cooperativas y sus centrales abrir sucursales y oficinas en el exterior, previa autorización de la SBS si es necesario.
Asimismo, la ley actualiza las normas sobre la integración, obligaciones y responsabilidades de las cooperativas, y permite la realización de asambleas generales de forma presencial, no presencial y semipresencial usando medios electrónicos. Además, establece las responsabilidades del gerente, miembros de consejos y comités, y las reglas para la distribución de remanentes.
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