Esta ley modifica el Código Civil incorporando el artículo 233-A, el cual establece los principios de oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe y lealtad procesal, y oficiosidad en los procesos de familia. Además, en casos que involucren a niños y adolescentes, se prioriza la vulnerabilidad, el interés superior y su participación en el proceso.
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