SE MODIFICA LA LEY 31614, NUEVA LEY DEL TRABAJADOR PORTEADOR, RESPECTO A SUS CONDICIONES LABORALES

agosto 20, 2026

La presente ley busca mejorar las condiciones laborales de los trabajadores porteadores en Perú. Para ello, realiza modificaciones específicas a tres artículos clave de la Ley 31614, Nueva Ley del Trabajador Porteador.

Principales cambios introducidos:

  • Clarificación de la relación laboral: Se reafirma que el porteador es un trabajador independiente, pero al establecer una relación laboral con uno o más empleadores, esta se sujeta a las normas de la ley y al régimen tributario de cuarta categoría. Esto brinda mayor claridad sobre su situación laboral y las obligaciones tanto del porteador como del empleador.
  • Limitación de la jornada laboral: Se establece un límite máximo de 48 horas semanales para la jornada laboral del porteador. En caso de que se exceda este límite, se aplicarán las normas correspondientes sobre horas extras. Además, se garantiza el derecho al descanso semanal obligatorio.
  • Flexibilidad en la seguridad social: Se amplían las opciones de afiliación a la seguridad social para los porteadores. Ahora pueden afiliarse voluntariamente a los regímenes pensionarios existentes como trabajadores independientes, o afiliarse al Seguro Social de Salud (ESSALUD) bajo diferentes modalidades, como el régimen contributivo, subsidiado o semiconributivo. Esto brinda mayor flexibilidad a los porteadores para elegir el régimen que mejor se adapte a sus necesidades y posibilidades.

En resumen la presente ley es un avance en la protección de los derechos laborales de los trabajadores porteadores en Perú, al establecer límites claros a la jornada laboral, garantizar el descanso semanal y brindar mayor flexibilidad en materia de seguridad social.

DESCARGA LA LEY COMPLETA AQUÍ:

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